¿Tengo que tener extintores en mi local? ¿Es obligatoria la revisión? Todo lo que necesitas saber.

14 noviembre, 2022

¿Es obligatorio que tenga extintores? ¿Cuántos tengo que tener? ¿De qué tipo? ¿Dónde deben estar colocados? ¿Y las revisiones?

Estas son algunas de las dudas más frecuentes a la hora de abordar la seguridad en nuestras instalaciones en cuanto a protección de incendios. Hay varios aspectos a tener en cuenta, aquí te los contamos todos para que garantices la seguridad y cumplas estrictamente con la legalidad.

 

Como referencia, todo local, abierto al público o no, tiene que cumplir la normativa del Código Técnico de Edificación (Sección SI 4) que establece los medios de protección contra incendios de los que se debe disponer. Pero, además, se debe observar el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (RIPCI) y las ordenanzas municipales de cada ayuntamiento, que son de obligado cumplimiento.

Entonces, ¿qué es necesario tener en cuenta como mínimo en cuanto a prevención de incendios? ¿Qué es obligatorio?

 

  1. El tamaño del local.

En cualquier caso, como norma general, es obligatorio que haya al menos un extintor de polvo en todos los locales.

El extintor de polvo de eficacia 21A /113 B es el más común y el que, como mínimo, deberemos tener.

Las letras representan el tipo de combustible que puede extinguir un extintor: A, combustibles sólidos; B, combustibles líquidos. Los números representan el tamaño del fuego que puede manejar un extintor; a mayor número, mayor capacidad de extinción.

La marca CE garantiza que el extintor ha sido fabricado según lo exigido por el Reglamento de Equipos a Presión.

El tamaño del local es importante porque el número de extintores colocados debe garantizar que el recorrido máximo desde el extintor hasta un lugar de evacuación es de máximo 15 metros. Pero, en las zonas consideradas como de riesgo alto de incendio, hay que colocar un extintor cada 10 metros.

Estos 15 metros se miden desde los orígenes de evacuación. Por ejemplo, en hoteles, desde la puerta de salida de las habitaciones y por los recorridos de evacuación. En industrias, la exigencia es mayor y los 15 metros indicados han de respetarse desde cualquier punto que pueda ser ocupado.

 

  1. El nivel de riesgo.

La actividad que desarrollemos en nuestro local o los materiales que almacenemos también determinan el tipo y número de extintores que debemos tener, pues varía el riesgo de incendio.

Algunas de las actividades que se considera que suponen un riesgo más elevado y que, por tanto, requieren más medidas contra incendios son:

  • Alojamientos turísticos.
  • Espectáculos públicos.
  • Actividades recreativas.
  • Presencia de vehículos a motor.
  • Establecimientos sanitarios.
  • Plantas e instalaciones frigoríficas.
  • Instalaciones petrolíferas.
  • Centrales eléctricas.
  • Establecimientos de fabricación, utilización y almacenamiento de explosivos.

En función de esto, la empresa de protección contra incendio habilitada te indicará si se deben instalar extintores de CO2, de espuma, de polvo o de agua con aditivos, ya que están indicados para distintos riesgos, y también te indicará cuántos debes tener.

Cada agente extintor tiene propiedades específicas que lo hacen adecuado para su uso en uno o más tipos de incendios. No existe un agente extintor único, que nos pueda proteger de todos los tipos de incendio, por lo que se debe elegir el que mejor se adapte al combustible presente o posible causante del fuego.

Tienes más información sobre los tipos de extintores aquí.

 

  1. El lugar de colocación.

Como ya se ha comentado, los extintores deben estar colocados a una distancia máxima de un lugar de evacuación, pero, además, deben estar fijados a una altura de entre 0,80 y 1,20 metros del suelo.

Todos deben estar señalizados obligatoriamente mediante señales que cumplan la norma UNE 23033-1 y que tengan un tamaño de:

  • 210 x 210 mm, cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10 metros.
  • 420 x 420 mm, cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20 metros.
  • 594 x 594 mm, cuando la distancia de observación esté comprendida entre 20 y 30 metros.

Infografía distancias altura colocación extintor

Cuando la señal sea luminiscente, debe contar con marcado conforme a la norma UNE 23035 rotulado en su superficie.

 

  1. El mantenimiento, las revisiones.

Es importante saber que la vida útil de los extintores de incendio es de 20 años, pero deben ser sometidos a un programa de mantenimiento periódico obligatorio para garantizar su estado correcto de funcionamiento y su fiabilidad. De poco nos serviría tener todos los extintores necesarios si no fuesen operativos en el momento de necesitarlos.

Una vez al año, una empresa habilitada debe realizar una revisión completa para comprobar el estado del extintor. Además, cada cinco años, debe realizarse una revisión adicional con retimbrado, una prueba hidroestática que se realiza para chequear que el extintor no tenga ningún tipo de fuga y que pueda funcionar correctamente en el momento en que se necesite.

Adicionalmente, cada tres meses, se debe realizar una revisión más sencilla de los extintores que puede ser realizada directamente por el usuario o titular de la instalación, aunque también puedes encargárselo a una empresa autorizada, por supuesto.

Si vas a realizarlo tú, deberás asegurarte de que:

  • Cada extintor está en su lugar correspondiente.
  • El extintor sea el adecuado al riesgo de incendio a proteger.
  • No hay obstáculos para acceder a los extintores.
  • Están señalizados con señales claramente visibles.
  • Las instrucciones de manejo están situadas en la parte delantera y son claramente legibles.
  • Los extintores no presentan ningún tipo de daño aparente (boquillas, válvula, manguera, etc.).
  • El indicador de presión (si lo hay), manómetro, se encuentra en la zona de operación.
  • Los precintos o los tapones indicadores de uso no están rotos o faltan.
  • Ningún extintor ha sido descargado total o parcialmente.

Se debe realizar un registro de estas revisiones y anotar la fecha y la persona que las realiza.

En determinados casos puede ser necesario o conveniente contar con un Plan de Emergencia y Autoprotección que proteja nuestro local y a nuestros trabajadores en caso de fuego.

Y, si estás pensando en abrir un local de más de 100 m², no olvides que la puesta en funcionamiento de las instalaciones requiere la presentación, ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, del certificado de la empresa instaladora al que se refiere el artículo 18 del Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.

Deberá ser un técnico homologado quien nos indique cuántos extintores debemos tener en nuestro local, dónde deben estar colocados y de qué tipo deben ser.

Normativa de aplicación:

 

Seguridade A1 es una empresa habilitada y especializada en suministro y revisión de extintores y soluciones anti incendio. Si quieres consultarnos sin ningún compromiso, ponte en contacto con nosotros; estaremos encantados de ayudarte.

Recuerda que somos especialistas en seguridad anti intrusión y anti incendios, que nuestro Centro Receptor de Alarmas 24 horas se encuentra ubicado en Santiago de Compostela y tenemos sedes en Madrid y Alicante, pero proveemos de sistemas y servicios de seguridad en toda Galicia, prácticamente toda España y parte del extranjero.

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Practiquemos la prevención de riesgos, la seguridad inteligente.

 

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