Abrir un negocio implica muchas responsabilidades. Pero hay una que muchas veces solo se revisa cuando llega una inspección, una reforma… o un problema real: la protección contra incendios.
No se trata solo de cumplir la ley. Se trata de proteger personas, instalaciones y actividad económica.
En este artículo te explicamos de forma clara y práctica cuándo es obligatorio tener extintores, qué tipo necesitas y qué revisiones deben realizarse para cumplir la normativa actual.
Una de las preguntas más frecuentes entre propietarios de locales comerciales, oficinas, naves o pequeños negocios es:
“¿Es obligatorio tener extintores?”
Y la siguiente suele ser:
- ¿Cuántos necesito?
- ¿Dónde deben colocarse?
- ¿Hay que revisarlos?
- ¿Qué pasa si no los tengo?
- ¿Todos los extintores son iguales?
La realidad es que la normativa contra incendios puede resultar confusa para quien no está familiarizado con ella.
¿Es obligatorio tener extintores en un local comercial?
En la mayoría de los casos, sí.
Todo local, abierto al público o no, debe cumplir una serie de medidas mínimas de protección contra incendios según:
- El Código Técnico da Edificación (CTE).
- El Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI).
- El Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI), cuando corresponda.
- Y las ordenanzas municipales de cada ayuntamiento.
Esto significa que prácticamente cualquier actividad:
- tiendas,
- oficinas,
- cafeterías,
- talleres,
- clínicas,
- naves industriales,
- comunidades,
- o locales comerciales…
Debe contar con medios mínimos de extinción.
Entonces, ¿todos los negocios necesitan lo mismo?
No.
La normativa cambia según:
- El tamaño del local.
- La actividad desarrollada.
- El nivel de riesgo.
- Los materiales almacenados.
- La ocupación.
- La configuración del espacio.
Por eso no existe una solución universal válida para todos los negocios.
¿CUantos extintores necesito en mi local?
Aquí aparece una de las dudas más habituales.
La normativa establece que debe existir una distancia máxima de recorrido hasta un extintor. Por lo tanto, esa o esas distancias determinan el número de extintores que se va necesitar.
Como norma general:
- La distancia máxima hasta un extintor no debe superar los 15 metros en los recorridos de evacuación.
- En zonas consideradas de riesgo alto puede ser necesario instalar un extintor cada 10 metros.
Esto significa que no basta con “tener un extintor”.
Debe estar correctamente distribuido para que pueda utilizarse rápidamente en caso de emergencia.
¿Un local pequeÑo tamBIén necesita extintor?
En muchos casos, sí.
De forma general, los locais de más de 100 m² deben disponer por lo menos de un extintor portátil.
Lo más habitual es instalar extintores de polvo ABC con eficacia 21A/113B, ya que permiten actuar frente a:
- Combustibles sólidos.
- Líquidos inflamables.
- Determinados riesgos eléctricos.
Las letras representan el tipo de combustible que puede extinguir un extintor: A, combustibles sólidos; B, combustibles líquidos, etc. Los números representan el tamaño de fuego que puede manejar un extintor; a mayor número, mayor capacidad de extinción.
La marca CE garantiza que el extintor fue fabricado según lo exigido por el Reglamento de Equipos a Presión.
Pero no todos los negocios necesitan exactamente el mismo sistema de extinción.
¿Qué tipo de extintor necesito?
Este es otro error frecuente: pensar que todos los extintores sirven para todo.
Cada agente extintor está pensado para determinados tipos de fuego.
Dependiendo de la actividad, puede ser necesario utilizar:
- Extintores de polvo.
- CO₂.
- Espuma.
- Agua con aditivos.
Por ejemplo:
- En cuadros eléctricos suele recomendarse CO₂.
- Mientras que en muchos locales comerciales se utilizan extintores de polvo ABC.

Actividades con mayor riesgo de incendio
Algunas actividades requieren medidas más específicas de protección contra incendios:
- Alojamientos turísticos.
- Espectáculos públicos.
- Actividades recreativas.
- Instalaciones industriales.
- Garajes.
- Centros sanitarios.
- Instalaciones frigoríficas.
- Instalaciones petrolíferas.
- O locales con almacenamiento de materiales inflamables.
En estos casos, la protección contra incendios debe estudiarse de forma personalizada.
¿Dónde deben colocarse los extintores?
La colocación también está regulada.
Los extintores deben:
- Estar visibles.
- Ser fácilmente accesibles.
- Y colocarse en zonas próximas a los recorridos de evacuación.
Además:
- Deben instalarse a una altura aproximada entre 80 cm y 120 cm del suelo.
- Estar correctamente señalizados según la normativa UNE.

Uno de los problemas más habituales en las inspecciones es encontrar extintores:
- Ocultos.
- Bloqueados.
- Sin señalización.
- Colocados en lugares poco accesibles.
Y eso puede convertir un equipo válido en un sistema inútil durante una emergencia.
¿Es obligatorio revisar los extintores?
Sí. Y este es uno de los aspectos más importantes.
Un extintor sin mantenimiento puede no funcionar cuando realmente se necesita.
Según el RIPCI:
- Cada tres meses debe realizarse una comprobación visual básica.
- Una vez al año debe realizarse una revisión por empresa habilitada.
- Cada cinco años se debe efectuar el retimbrado.
¿Qué es el retimbrado?
Es una prueba hidráulica obligatoria que verifica:
- El estado interior del extintor.
- La resistencia del recipiente.
- Su seguridad de funcionamiento.
Además, los extintores tienen una vida útil máxima de 20 años.

¿QuÉ debe comprobarse En Las revisiONEs trimestraLEs?
Entre otras cuestiones:
- Que el extintor está en su lugar.
- Que es visible y accesible.
- Que el manómetro está en zona correcta.
- Que no presenta golpes ni daños.
- Que la manguera está en perfectas condiciones.
- Que los precintos están intactos.
- Que no fue utilizado parcial o totalmente.
Estas revisiones deben quedar registradas.
¿QuÉ pasa sI no cumpLes La normativa?
Muchas empresas sólo se preocupan por los extintores cuando:
- Llega una inspección.
- Necesitan una licencia.
- O se produce un incidente.
Pero no cumplir la normativa puede provocar:
- Sanciones.
- Problemas con el seguro.
- Dificultades en la apertura del negocio.
- Responsabilidad civil.
- Riesgos graves para personas e instalaciones.
Y lo más importante: un incendio pequeño puede convertirse en un problema muy grave en cuestión de minutos si no existen medios de actuación inmediata.
Cada local necesita una solución diferente
No necesita la misma protección:
- Una pequeña tienda.
- Una cafetería.
- Una nave industrial.
- Una oficina.
- O un taller.
Por eso, lo recomendable es que una empresa habilitada realice una evaluación profesional y determine:
- Cuantos extintores necesitas.
- De qué tipo.
- Donde deben instalarse.
- Y que otras medidas pueden ser necesarias.
Normativa de referencia actual
- Ordenanzas municipales de aplicación.
- Código Técnico de Edificación (CTE) – Documento Básico SI.
- Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecementos Industriales (RSCIEI).
- Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) – Real Decreto 513/2017.
RIPCI: Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios.
El Real Decreto 513/2017, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI), es la normativa que regula en España el diseño, la instalación, la puesta en servicio, el mantenimiento y la inspección de los sistemas y equipos de protección activa contra incendios.
Actualmente, el texto consolidado incorpora las 22 modificaciones introducidas por el Real Decreto 164/2025, vigente desde el 10 de mayo de 2025. Entre las principales novedades destacan la nueva exención de la inspección decenal en determinados supuestos, la posibilidad de que el usuario instale extintores en locales de hasta 100 m² y la actualización completa del Anexo II, relativo a las operaciones de mantenimiento, así como del apéndice que recoge las normas UNE de aplicación.
Nota importantE sobre la normativa actualizada
El artículo original continúa siendo válido en su base técnica, pero conviene tener en cuenta que:
- Algunas exigencias pueden variar según comunidad autónoma, actividad y uso del local.
- El RSCIEI ha sido actualizado en los últimos años en determinados aspectos técnicos.
- Y los ayuntamientos pueden incorporar condiciones adicionales en las licencias de actividad.
Por eso, especialmente en reformas, aperturas o cambios de actividad, es recomendable solicitar una revisión profesional actualizada.
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